El Grupo de Trabajo del Consejo de Seguridad sobre los niños y los conflictos armados fue establecido en julio de 2005 por resolución 1612 (2005) del Consejo de Seguridad.

Responsabilidades del Grupo de Trabajo

Integrado por representantes de los 15 miembros del Consejo, el Grupo de Trabajo celebra sesiones privadas en las que examina los informes sobre los niños en situaciones de conflicto armado en países concretos, los progresos realizados en la aplicación de los planes de acción para poner fin a las violaciones contra los niños, y otra información pertinente. Una vez examinados los informes, el Grupo de Trabajo formula recomendaciones a las partes en conflicto, y también a los agentes de las Naciones Unidas, sobre medidas para promover la protección de los niños afectados por la guerra.

Necesidad de mantener la presión

Se han observado avances palpables como resultado de las recomendaciones del Grupo de Trabajo, entre ellos el hecho de que se señalan cuestiones específicas a la atención del Consejo de Seguridad y sus comités de sanciones. Por ejemplo, en la República Democrática del Congo, después de algunas demoras iniciales, el Gobierno llevó ante los tribunales a Kyungu Mutanga, ex Comandante mai-mai, por crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad, incluido el reclutamiento de 300 niños en la provincia de Katanga entre 2003 y 2006. Se decidió proceder de esa forma después de que el Grupo de Trabajo recomendara encarecidamente la adopción de medidas jurídicas apropiadas contra los miembros de los grupos armados acusados de haber cometido delitos graves contra niños.

Conjunto de instrumentos del Grupo de Trabajo

Además de las recomendaciones específicas al Consejo de Seguridad, el Grupo de Trabajo dispone de otros instrumentos para hacer frente a los problemas relacionados con la protección de los niños, incluida la posibilidad de que los miembros del Grupo de Trabajo realicen visitas sobre el terreno, celebren reuniones de emergencia o emitan una declaración de prensa.